ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: CR/2024/5 Consejo Rector DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Ordinaria Fecha 5 de julio de 2024 Duración Desde las 9:33 hasta las 9:58 horas Lugar Sala de reuniones IAS - 5ª planta - Edificio Cristal Presidida por Isabel Menal Alonso Secretaria Delegada por Decreto Nº CGC/2024/739, de fecha 31 de enero de 2024 María del Mar Montelongo Martín ASISTENCIA A LA SESIÓN Nombre y Apellidos Asiste Aurora del Rosario Vela SÍ Carlos Antonio Culebras Cáceres SÍ Carmelo Ramírez Marrero SÍ Elisabet Santana Rosales NO Fernando García Cabrera NO Idaira Olsen Monzón SÍ Isabel Mena Alonso SÍ José Juan Sánchez Arencibia SÍ 43270573Y Juan Diaz Sánchez SÍ 42815555C Josefa Luzardo Romano SÍ 43664323L José Miguel Álamo Mendoza SÍ 42834100G María del Mar Montelongo Martín SÍ 78497100D Margarita González Cubas SÍ 44316869D María Desirée García Saavedra NO 42824110L María Inés Miranda Navarro SÍ 78476775Q Pedro Manuel Rodríguez Pérez SÍ 44706331N Ricardo Redondas Marrero NO 16556459R Rita Tristancho Ajamil SÍ 44704546K Teodoro Claret Sosa Monzón SÍ Excusas de asistencia presentadas: 1. RICARDO REDONDAS MARRERO: «por motivos de agenda» Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución del órgano, la Presidenta abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día A) PARTE RESOLUTIVA 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR (10.05.2024 Y 18.06.2024) Favorable Tipo de votación: Unanimidad Leídas las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria celebradas los días 10 de mayo y 18 de junio de 2024, se someten a la aprobación de los asistentes, resultando aprobadas por unanimidad de los asistentes. 2.- APROBACIÓN DEL NOMBRAMIENTO DE LOS RESPONSABLES DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN DEL CANAL DE DENUNCIAS. Expediente 2416/2024. Favorable Tipo de votación: Unanimidad El canal de denuncias se trata de un cauce de comunicación a través del cual se puede informar, incluso anónimamente, sobre irregularidades que se cometen en el seno de la organización y de las que se tengan conocimiento real, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Según lo establecido en la ley 2/2023, en su artículo 8. Responsable del Sistema Interno de Información: 1. El órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u organismo obligado por esta ley será el competente para la designación de la persona física responsable de la gestión de dicho sistema o “Responsable del Sistema”, y de su destitución o cese. 2. Si se optase por que el Responsable del Sistema fuese un órgano colegiado, este deberá delegar en uno de sus miembros las facultades de gestión del Sistema interno de información y de tramitación de expedientes de investigación. PRIMERO.- Aprobar el manual Canal Denuncias, donde queda establecido los principios, funcionamiento y gestión del procedimiento de las denuncias que a través de este Canal se realicen. SEGUNDO.- Aprobar la designación de los responsables del sistema interno de información al órgano colegiado “COMISIÓN INSTRUCTORA”, conformado por: - F. Tenesor Perera Sosa. - Yaiza del Pino Sánchez Martín. - Mario Marcelo Regidor Arenales TERCERO.- La notificación del nombramiento a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.I.I.) o, en su caso, a las autoridades u órganos competentes de la comunidad autónoma de Canarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, según se establece el artículo 8 apartado 3 de la citada ley. Explicada la propuesta por el Vicepresidente, fue sometida a votación, resultando aprobada por unanimidad de los asistentes. Y en este punto y siendo las 9 horas y 34 minutos, se incorpora a la sesión Don José Juan Sánchez Arencibia. 3.-ASUNTOS DE URGENCIA, EN SU CASO. No hubo. B) ACTIVIDAD DE CONTROL 4. DACIÓN DE CUENTAS DE SENTENCIAS. 1.- Decreto de fecha 16 de abril de 2023, del Juzgado de lo Social N.º 4 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 760/2023 seguidos por DOÑA NEREA DEL PINO BETANCOR SANTANA contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Se da cuenta del mencionado Decreto, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Tener por desistido a NEREA DEL PINO BETANCOR SANTANA de su demanda contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE GRAN CANARIA, sobre Reclamación de Cantidad; origen de las presentes actuaciones.” 2.- Sentencia de fecha 14 de mayo de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 6 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 105/2022 seguidos por DOÑA MARIA PILAR RETUERTO MORENO contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA sobre DERECHOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Se estima la demanda interpuesta por Doña MARIA PILAR RETUERTO MORENO contra el INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE GRAN CANARIA, declarando a la demandante trabajadora indefinida no fija de la demandada con antigüedad de 19/9/2003 y categoría profesional de A.T.S. y condenando al INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE GRAN CANARIA a estar y pasar por tal declaración con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento.” 3.- Sentencia de fecha 14 de mayo de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 6 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en el rollo número 1031/2021 seguidos por DON CARLOS GABRIEL SANTANA GARCÍA contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA y CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA sobre DERECHOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “SE ESTIMA la demanda interpuesta por Don CARLOS GABRIEL SANTANA GARCÍA contra INST. ATENCIÓN SOCIAL SOCIOSANITARIA GRAN CANARIA, y se declara que la relación laboral que une a la trabajadora con las demandadas es indefinida no fija con la antigüedad reconocida de 7/5/2004 y categoría profesional de auxiliar de enfermería debiendo estar y pasar la demandada por tal declaración.” 4.-Sentencia de fecha 21 de mayo de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 10 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 986/2023 seguidos por DON SERGIO CABRERA ARTILES contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA sobre DERECHOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO la demanda interpuesta por D. Sergio Cabrera Artiles, contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE G.C., CABILDO DE G.C. y COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS debo declarar y declaro la naturaleza indefinida no fija del contrato de trabajo suscrito por las partes con todas las consecuencias inherentes a tal declaración.” 5.- Sentencia de fecha 22 de abril de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 4 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 895/2023 seguidos por DOÑA MARÍA ERICA TORRES RODRÍGUEZ contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA y GOBIERNO DE CANARIAS sobre DERECHOS - CANTIDAD. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Que, desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por DÑA. ANDREA MARÍA SANTANA NAVARRO frente a INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE GRAN CANARIA, CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA Y GOBIERNO DE CANARIAS sobre reclamación de DERECHOS Y CANTIDAD, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos contenidos en la demanda en su contra.” 6.- Decreto de fecha 4 de junio de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 8 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 382/2024 seguidos por UNION SINDICAL OBRERA contra UTE ICOT-INSURE, S.L., INSTITUTO INSULAR DE REHABILITACIÓN, S.L., ICOT SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. e INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE GRAN CANARIA, sobre LIBERTAD SINDICAL. Se da cuenta del mencionado Decreto, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Tener por desistido a UNION SINDICAL OBRERA de su demanda contra UTE ICOT-INSURE, S.L., INSTITUTO INSULAR DE REHABILITACIÓN, S.L., ICOT SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. e INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA.” 7.- Sentencia de fecha 6 de junio de 2024, del Juzgado de lo Contencioso - Administrativo N.º 4 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 396/2022 seguidos por AEROMÉDICA CANARIA S.L. contra ASESORÍA JURÍDICA INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA sobre CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “SE ESTIMA el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad AEROMÉDICA CANARIA SOCIEDAD LIMITADA, contra el acto administrativo presunto identificado en el Antecedente de Hecho primero de esta resolución, que se anula, condenando a la Administración demandada a abonar a la entidad recurrente la cantidad de QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (597.194,65 €), más los intereses legales de dicha cantidad desde la reclamación previa, imponiendo a dicha administración el pago de las costas, con la limitación establecida en el ultimo fundamento de derecho.” 8.- Sentencia de fecha 28 de mayo 2024 , del Juzgado de lo Social N.º 8 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 1023/2023 seguidos por DON CARLOS HENRÍQUEZ SANTANA contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS sobre DERECHOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “ESTIMO la demanda interpuesta por CARLOS HENRÍQUEZ SANTANA contra el IAS, condenando a la demandada a abonar 266,44 euros incrementadas en un 10% por intereses de mora.” 9.- Sentencia de fecha 11 de junio de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 10 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 1127/2023 seguidos por DOÑA NAZARETH LETICIA REYES OJEDA contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA y CABILDO DE GRAN CANARIA sobre DERECHOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO la demanda interpuesta por Dña. Nazareth Leticia Reyes Ojeda contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL y SOCIOSANITARIA, y por ende se reconoce la condición de indefinido no fijo de la actora, por fraude en la contratación temporal, debiendo la demandada estar y pasar por tal declaración.” 10.- Sentencia de fecha 10 de junio de 2024, del Juzgado de lo Social N.º 8 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 1135/2023 seguidos por DOÑA BEATRIZ DE LA ROSA DE LA ROSA contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA y CABILDO DE GRAN CANARIA sobre DERECHOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “ESTIMAR la demanda interpuesta por BEATRIZ DE LA ROSA DE LA ROSA contra IAS, atendiendo a los siguiente declarando el derecho de la actora a ostentar la condición de trabajador indefinida CONDENANDO a La ENTIDAD a estar y pasar por tal declaración.” 11.- Sentencia de fecha 14 de junio de 2024, del Juzgado de lo Social Nº 11 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 009/2024 seguidos por DON JONAY JORGE SALAZAR GARCÍA contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA y COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS sobre OTROS DERECHOS LABORALES INDIVIDUALES. Se da cuenta del mencionado Decreto, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Que estimando la demanda presentada por JONAY JORGE SALAZAR GARCÍA contra el INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DE GRAN CANARIA, CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA Y COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, debo declarar y declaro que la relación que une a la parte actora con la demandada es laboral de carácter indefinido no fijo, condenando a las demandadas solidariamente a estar y pasar por esta declaración.” 12.- Sentencia de fecha 6 de junio de 2024, del Juzgado de lo Contencioso - Administrativo N.º 4 de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en los autos número 129/2023 seguidos por BFF FINANCE IBERIA SAU S.L. contra INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA sobre CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. Se da cuenta de la mencionada Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Que ESTIMANDO PARCIALMENTE el recurso presentado por la Procuradora Dña. Carmen Viera Cabrera, en nombre y representación de la entidad BFF FINANCE IBERIA, S.L.U, se declara no conforme a derecho de la inactividad de la Administración, y se condena al INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA a abonar a las recurrente las cantidades que se determinen en ejecución de Sentencia por los siguientes conceptos: - Los intereses legales del Art. 1.100 del CC desde la fecha de la reclamación en vía administrativa (1de marzo de 2023), respecto de las facturas reclamadas. - Los costes de cobro por importe total de 40 euros. No se efectúa pronunciamiento condenatorio en materia de costas.” Dada cuenta, el Consejo Rector queda enterado. 5. DACIÓN DE CUENTA DE DECRETOS DE LA PRESIDENCIA. Se da cuenta de la relación de Decretos de la Presidencia que comienza en el número 512, registrado con fecha 3 de mayo de 2024 y acaba en el número 632, registrado con fecha 20 de junio de 2024. Dada cuenta, el Consejo Rector queda enterado. Y en este punto y siendo las 9 horas y 37 minutos, se incorpora a la sesión Don Pedro Rodríguez Pérez. 6. DACIÓN DE CUENTAS DE DECRETOS DE LA GERENCIA. Se da cuenta de la relación de Decretos de la Gerencia que comienza en el número 569, registrado con fecha 2 de mayo de 2024 y acaba en el número 653, registrado con fecha 20 de junio de 2024. Dada cuenta, el Consejo Rector queda enterado. C) RUEGOS Y PREGUNTAS Doña Josefa Luzardo pregunta sobre cuando esta previsto que salgan a licitación los Conciertos de los centros de menores. Doña Isabel Mena contesta que ya el Pliego está corregido por parte del IAS y que además está hecha la retención de crédito, por lo que no deberían retrasarse más. Doña Josefa Luzardo pregunta que si ya están preparadas para la firma las Adendas de los Convenios con los distintos Cabildos. Doña Isabel Mena contesta que hace dos semanas hubo una Comisión Bilateral donde la Directora General de Dependencia dijo que se incluirán las nuevas plazas en la Adenda, además, el IAS ha mandado ya un informe con el gasto actualizado para proceder a su apertura el 1 de septiembre de 2024. Doña Rita Tristancho pregunta sobre la remisión periódica de la documentación que informa sobre las nuevas plazas del Plan de Infraestructura. Doña Isabel Mena les remitirá la información de todas esas plazas para que Sanidad esté informada. Anteriormente, esta información se la pasaban a Doña Angelines Peña. Y en este punto, y siendo las 9 horas y 42 minutos, se incorpora a la sesión Don Carlos Antonio Culebras Cáceres. Doña Josefa Luzardo comenta que ya se había acordado en la primera sesión del Consejo Rector, la remisión trimestral de toda la información del Plan de Infraestructura. Don Carmelo Ramírez Marrero abandona la sesión, siendo las 9 horas y 47 minutos. Doña Josefa Luzardo solicita explicación sobre los distintos precios que tienen las plazas sociosanitarias. Pone por ejemplo, que una plaza en el centro sociosanitario El Sabinal es gratuita, y sin embargo, en el centro de Taliarte se tiene que abonar el 75% de la pensión del usuario. Siendo las 9 horas y 51 minutos, se retira de la sesión, Don Jose Miguel Álamo Mendoza. Doña Isabel Mena le responde que no se puede regular hasta que no se desarrolle el Reglamento del copago, y que esto le corresponde por Decreto al Gobierno de Canarias . Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Sr. Vicepresidente, se levantó la sesión siendo las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del día al principio indicado, de todo lo cual, yo, la Secretaria, doy fe. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE