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2.1.1 – Información relativa a las funciones y competencias, al objeto social o al fin fundacional de la entidad.

ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: JUEVES, 11 DE JULIO DE 2024 12:03

Funciones y competencias.

Los fines del IAS son, en sentido amplio: la realización en la isla de Gran Canaria de actividades de promoción, prestación y gestión directa o indirecta de recursos y servicios sociosanitarios; la docencia e investigación de la atención sociosanitaria y su promoción individual y colectiva en cualquiera de sus vertientes, así como la realización de otras actividades que puedan coadyuvar a la consecución de aquellos.

Todas las actividades que constituyen este fin, se desarrollarán con sujeción a los criterios de planificación y coordinación y a las directrices emanadas del Cabildo Insular de Gran Canaria y demás órganos de las Administraciones Estatal y Autonómica, en el ámbito de sus respectivas competencias.

El IAS perseguirá siempre los fines de interés general que a continuación se enumeran:

a) La prestación de servicios sociosanitarios; la promoción de la atención sociosanitaria y la prevención de situaciones, individuales o colectivas, de abandono y marginalidad de los ancianos, disminuidos, minusválidos y menores, en coordinación con los servicios sanitarios y con los sociales, en todos sus niveles de atención y territoriales.

b) La docencia referida a la atención sociosanitaria, así como las actividades de investigación, estudios y divulgación relacionadas con aquella, colaborando con la Universidad y demás Instituciones competentes en esta materia.

c) La participación en programas de asistencia socio-sanitaria, sanitaria y social.

d) La formación y actualización de los conocimientos especializados del personal propio y de otras entidades.

e) La promoción y el desenvolvimiento de los recursos sociosanitarios a través de acciones y programas propios y con entidades concertadas

f) La creación y sostenimiento de nuevas instalaciones para el cumplimiento de sus fines.

g) La gestión del uso, si fuere posible, de otras instalaciones o servicios, públicos o

privados, para un mejor cumplimiento de los fines del IAS.

h) La formalización de convenios de gestión con las distintas Administraciones, Consorcios, Asociaciones y demás personas naturales o jurídicas, para la mejor y más amplia ejecución de sus fines.

i) La publicación y divulgación de libros, trabajos, documentos, fotografías, revistas, folletos y boletines, relativos a las actividades del IAS, y aquellos otros que se consideren de interés dentro de su ámbito de acción.

j) La organización de conferencias, simposios, mesas redondas, seminarios, cursos y cualquier otro tipo de reuniones sobre los temas que constituyan los fines del IAS, así

como intercambios con otras actividades.

k) Cualquier otro, preparatorio o complementario de los anteriores y cuantos más se estimen necesarios relacionados con las finalidades citadas, sin que la enumeración anterior exija la obligatoriedad de atenderlos todos ni prelación de clase alguna entre ellos.

l) La consecución de los fines referidos podrá conseguirlos el IAS por sí o en unión de otras personas, físicas, o jurídicas, privadas o públicas, incluso sociedades mercantiles, o con departamentos, órganos o establecimientos de Administraciones de cualquier clase.

Funciones del Consejo Rector

El Consejo Rector asume el gobierno, la gestión superior y la representación del IAS, y le corresponde las siguientes competencias:

a) Formular y aprobar los planes de actuación y gestión del IAS y sus posibles modificaciones, los planes asistenciales, docentes y de investigación, y sus resultados, para someterlos luego a la aprobación del Cabildo.

b) Aprobar, de conformidad con la legalidad vigente, las normas de Régimen Interior y el Reglamento de Servicios, para elevarlos después a la consideración definitiva de la Corporación Insular.

c) Proponer inicialmente y remitir al Cabildo antes del día 15 de septiembre de cada año, el proyecto de presupuesto del ejercicio anual siguiente, para someterlo a su aprobación y ser incluido en el Presupuesto General de la Corporación Insular.

d) Rendir y proponer inicialmente, entre enero y abril de cada año, los estados y cuentas del año anterior, así como la memoria, inventario y balance correspondientes, para someterlos a la aprobación definitiva de la Corporación Insular antes del 15 de mayo siguiente.

e) Adquirir y disponer toda clase de bienes, y enajenarlos cuando sean clasificados de excedentes, de desecho o inútiles.

f) Obtener los medios financieros precisos y canalizar aportaciones de personas naturales y jurídicas hacia el IAS aplicando las rentas, frutos e intereses del patrimonio de la Institución con arreglo a sus programas de actuación y a los fines de la entidad.

g) Administrar el IAS buscando siempre el mejor cumplimiento de sus fines, el mayor

rendimiento de los bienes que posee y procurando su incremento.

h) A propuesta del/la Gerente/a, aprobar los precios públicos por la prestación de sus servicios, para su elevación al Cabildo Pleno.

i) Aprobar la política de personal, su plantilla y su régimen retributivo dentro de los límites legales y a propuesta del/la Gerente/a, sometiendo todo ello a la aprobación definitiva de la Corporación.

j) Aprobar los proyectos de obras, instalaciones y servicios, con sus correspondientes presupuestos, a fin de ejecutar los planes de actuación programados y mantener en perfecto estado sus instalaciones.

k) Autorizar la contratación y concesión de obras, servicios, suministros y gestión de instalaciones, pudiendo esta función ser delegada de conformidad con lo que se establezca en las bases de ejecución del presupuesto.

l) Asumir la gestión de otras instalaciones públicas o privadas.

m) Solicitar el asesoramiento que precise sobre asuntos de su interés, acudiendo para tal fin a las personas que estime convenientes.

n) Proponer al Cabildo la modificación del presente Estatuto y la extinción o disolución del IAS.

Funciones de la Presidencia

Corresponde al/la Presidente/a y, en su caso, al/la Vicepresidente/a del Consejo Rector, las siguientes funciones:

a) Representar al IAS en todos los asuntos y actos propios de su competencia, bien en la esfera civil, administrativa, mercantil, laboral o penal, o ante la Administración del Estado, Comunidad Autónoma, Corporaciones Locales y toda clase de entidades públicas y privadas; para lo cual puede ejercitar cualquier clase de acciones y oponer excepciones en todo tipo de jurisdicciones, en cualquier instancia o grado, en juicio y fuera de él, debiendo dar cuenta a el Consejo Rector en la primera sesión que se celebre, a cuyo efecto está facultado para absolver posiciones en confesión judicial, otorgar poderes a favor de Procuradores de los Tribunales que le representen y designar Letrados que le dirijan legalmente, sin ningún tipo de limitación.

b) Convocar las sesiones del Consejo Rector por propia iniciativa o cuando lo solicite el número de Vocales previsto para ello, indicando siempre el lugar, la fecha y hora, en primera y segunda convocatoria, y el orden del día de cada reunión.

c) Presidir y dirigir las deliberaciones del órgano, conceder y retirar la palabra a sus miembros, someter a votación las propuestas cuando las estime suficientemente debatidas, establecer el sistema de votaciones, proclamar los resultados, y suspender y levantar la sesión.

d) Dirimir todas las votaciones con su voto de calidad, en caso de empate.

e) Firmar con su visto bueno las actas levantadas por el/la Secretario/a y las certificaciones que éste expida.

f) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos válidamente adoptados y suspender aquellos otros que estén en contradicción con las leyes y disposiciones de obligada observancia, así como los preceptos de este Estatuto que excedan de la competencia del IAS, dando cuenta inmediata al Pleno del Cabildo.

g) La superior inspección y dirección de todos los servicios e instalaciones del IAS, así como la imposición de las sanciones de despido y de separación del servicio.

h) La contratación de obras y servicios dentro de los límites autorizados por el Consejo Rector y la resolución e interpretación de las cuestiones incidentales que pudieran suscitarse en todo tipo de contratos.

i) Proponer al Consejo Rector la adopción de cuantas medidas estime necesarias en materia de personal.

j) Ordenar los pagos con arreglo a las normas de ejecución del Presupuesto del IAS, con su firma y la del/la Gerente/a, de forma mancomunada.

k) Solicitar el asesoramiento que precise sobre asuntos de interés, acudiendo para tal fin a las personas que estime convenientes.

l) Constituir, para un mejor asesoramiento, las Comisiones o Ponencias que considere oportunas.

m) Firmar y actuar en nombre del IAS en operaciones bancarias de abrir, seguir y cancelar toda clase de cuentas corrientes ordinarias y de ahorro, bien sea en metálico o en valores, en cualquier entidad establecida al efecto; hacer transferencias de fondos, rentas o valores, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero; aprobar e impugnar cuentas, constituir, transferir, modificar, cancelar y retirar depósitos y fianzas definitivas, en metálico, valores y otros bienes; y cobrar y percibir cantidades que se le adeuden al IAS. Todo ello mancomunadamente con el/la Gerente/a y con el/la Interventor/a de Fondos.

n) Y cualesquiera otras funciones que el Consejo Rector le delegue expresamente.

Funciones de la Vicepresidencia

Corresponde al/la Vicepresidente/a del Consejo Rector las siguientes atribuciones:

a) Sustituir al/la Presidente/a y asumir sus funciones en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.

b) Y ejercer, además, todas aquellas funciones que le delegue el Consejo Rector o el/la Presidente/a por escrito, respecto de las cuales y de cuya actuación deberá dar cuenta a dichos Órganos de Gobierno.

Funciones de la Dirección Gerencia

El/la Director/a Gerente nombrado/a por el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria, ejecuta los acuerdos y dirige y coordina el funcionamiento de la entidad según las directrices del Consejo Rector y del/la Presidente/a.

Serán funciones del/la Director/a Gerente las siguientes:

  1. Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Rector y los que le encomiende directamente el Presidente.
  1. Dirigir, gestionar e inspeccionar, de acuerdo con las directrices del Consejo Rector y del Presidente, la organización y actividades del IAS.
  1. Confeccionar el desarrollo técnico de los planes anuales de las actividades a realizar.
  1. Redactar, cada año, los anteproyectos de los presupuestos anuales que someterá al Consejo Rector.
  1. Representar al IAS cuando dicha representación no sea asumida por el Presidente o el Vicepresidente.
  1. Velar por el buen funcionamiento y conservación de las instalaciones y de su material.
  1. Proponer al Consejo Rector los proyectos que estime convenientes para el mejor funcionamiento del IAS.
  1. Invertir los recursos financieros aprobados por el Consejo Rector, cuidando que los mismos alcancen los fines perseguidos.
  1. Formalizar, a propuesta del Consejo Rector, los contratos de obras, bienes, servicios y suministros, en las condiciones previamente establecidas, y decidir y formalizar los de adquisición de bienes, servicios y suministros, así como los de contratación de obras, de conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto.
  1. Coordinar todas y cada una de las actividades a desarrollar por el IAS.
  1. Desarrollar la política de personal establecida por el Consejo Rector, y a tal fin, proponer la plantilla del IAS, el régimen retributivo, la oferta pública de empleo y la cobertura de puestos de trabajo, así como tramitar los expedientes de selección de personal, concertar y rescindir relaciones laborales e imponer sanciones, salvo la de despido y la de separación del servicio.

Y, en definitiva, realizar todas aquellas que el Consejo Rector o el Presidente le puedan delegar.

Documentos

Funciones y competencias

Institucional

Organizativa

Electos y personal de libre nombramiento

Empleo en el sector público

Retribuciones

Normativa

Servicios y procedimientos

Económico-financiera

Patrimonio

Planes y programas

Obras públicas

Contratos

Convenios y encomiendas de gestión

Concesiones de servicios públicos

Ayudas y subvenciones

Estadística

Derecho de acceso

Canal de denuncias (Ley 2023)

Informe y Evaluación anual de Transparencia